LÍNEA DE ACCIÓN 1: NORMATIVA (N)

Justificación

Varios son los instrumentos legales nacionales e internacionales que amparan la conservación de la naturaleza y de las especies silvestres que la habitan. El marco legal existente en el país debe ser difundido para que tanto jueces, fiscales y juristas, como la población ecuatoriana en general, tengan conocimiento de las herramientas legales existentes para la protección de los primates y sus hábitats, y las sanciones que aplican a los infractores. Es importante que la normativa que regule el establecimiento de vedas, el desarrollo de planes de manejo de fauna y las actividades extractivas que afectan a las poblaciones de primates sea clara y completa. También es necesario que los grupos de especialistas, con bases académicas y experiencia en la investigación científica y en el manejo de este grupo de mamíferos, participen de manera oficial como asesores de la Autoridad Ambiental Nacional y de las mesas de trabajo de las funciones legislativas y judiciales, para que los temas relacionados a la conservación se basen en evidencia técnica y la mayor objetividad posible. Objetivo Contar con políticas públicas y normativas que apoyen la conservación de los primates ecuatorianos, especialmente en lo referente a las actividades de ordenamiento territorial, el licenciamiento ambiental de actividades extractivas y de construcción de obras de ingeniería que impacten sobre los primates amenazados, y el control del tráfico de vida silvestre y el mascotismo.

 

Línea de acción 1: Normativa     
 Acciones  Aplica a  Indicadores Resultados esperados  Tiempo de ejecución 
N-1. Contribuir al cumplimiento del marco jurídico nacional e internacional para la protección de las especies de primates y de los ecosistemas donde habitan mediante la difusión de la normativa, principalmente dirigida a la Función Judicial y demás entidades de control. Todas las especies de primates nativos del país, con particular atención hacia las especies amenazadas (categorías CR, EN y VU). [1] Un documento de difusión que contenga información sobre el marco jurídico existente que ampara a los primates en el territorio nacional (leyes, normativas, tratados internacionales y decretos, especialmente en lo referente al COIP). [2] Un documento con el diseño de un ciclo de talleres y la entrega de material en el que se difunda el marco jurídico existente mencionado en el numeral anterior dirigido principalmente a jueces, fiscales, juristas y personal de control en áreas protegidas, carreteras, aeropuertos, entre otros sitios. Este diseño deberá ser coordinado y elaborado en conjunto con la Autoridad Ambiental y deberá priorizarse en función de las zonas del país donde se identifique una mayor frecuencia de este tipo de delitos (por ejemplo, provincias de la Amazonía y de la Costa norte). [3] Un programa de talleres de difusión de la normativa legal implementado con el respectivo control del número de taller realizado, el registro de los asistentes y una evaluación del impacto de los talleres sobre el conocimiento de los participantes en el tema. El personal que labora en la Función Judicial y en las áreas de control de vida silvestre cuenta con conocimientos sobre el marco jurídico nacional e internacional existente para la protección de las especies de primates y de los ecosistemas donde habitan, lo cual permitirá un cambio de actitud que avale el cumplimiento de la normativa y apoye en la conservación de estas especies. Según indicadores: [1] corto plazo (seis meses), [2] corto plazo (seis meses), [3] corto plazo (cuatro meses para el programa de tallares; cada taller con una duración de uno a dos días, luego réplicas cada dos años). Tiempo total para la acción: corto plazo (16 meses, con réplicas de cuatro meses cada dos años).
N-2. Elevar el nivel de parámetros de calidad ambiental de actividades extractivas en zonas donde habiten especies amenazadas de primates. Todas las especies amenazadas de primates del país (categorías CR, EN y VU). [1] Un documento elaborado por un equipo multidisciplinario que defina los parámetros ambientales que se deberían exigir a las empresas dedicadas a la extracción de recursos naturales en áreas donde habitan especies amenazadas de primates, de tal manera que se garantice la supervivencia de estas poblaciones. [2] Una norma secundaria que defina el cumplimiento de los parámetros de calidad ambiental. Las empresas extractivas que trabajan en áreas sensibles y con presencia de especies amenazadas de primates cumplen con una normativa que define los parámetros ambientales y que garantiza la conservación de las áreas donde operan.  Corto plazo (un año).
N-3. Diseñar un plan general de trabajo y control de calidad ambiental en la construcción de obras civiles en zonas donde habiten especies amenazadas de primates. Todas las especies amenazadas de primates del país (categorías CR, EN y VU). [1] Un documento elaborado por un equipo multidisciplinario que defina el plan general de trabajo en materia ambiental, con parámetros de calidad que se deberán exigir a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) a escala provincial, cantonal o parroquial y a las empresas contratistas de obras civiles en áreas donde habitan especies amenazadas de primates, de tal manera que se garantice la supervivencia de esta fauna silvestre. [2] Un acuerdo ministerial que defina el cumplimiento de los parámetros de calidad ambiental en obras civiles. Los GAD que desarrollan obras civiles en áreas sensibles y con presencia de especies amenazadas de primates aplican una normativa que define el plan de trabajo en materia ambiental y los parámetros mínimos que garantizan la conservación de las áreas donde operan.  Corto plazo (un año).
N-4. Elaborar una guía y protocolo de procedimientos para la aplicación e implementación de acciones de remediación, rehabilitación, compensación, responsabilidad social y ambiental y las sanciones pertinentes a las personas o empresas que hayan causado daños a las especies de primates y sus hábitats. Todas las especies de primates del país, con particular atención hacia las especies amenazadas (categorías CR, EN y VU). [1] Una guía y protocolo de procedimientos sobre las medidas de remediación, compensación, responsabilidad social y ambiental que se deben aplicar en actividades extractivas y en las construcciones de obras civiles, con las sanciones legales existentes en caso de incumplimiento. [2] Un acuerdo ministerial que defina el uso de la guía y la aplicación de los parámetros de calidad ambiental. [3] Difusión de la guía a nivel nacional a todas las personas, empresas e instituciones que regulan, controlan y ejecutan actividades con impacto potencial sobre las poblaciones de primates. Se dispone de una guía y protocolo de procedimientos elaborados y difundidos a través de diversas vías de comunicación (talleres, redes sociales, prensa, radio, televisión), que apoyan en el cumplimiento de la normativa legal y que beneficia directamente a la conservación de las especies de primates y sus hábitats.  Corto plazo (dos años).
N-5. Normativa técnica para el manejo y protección de las especies de primates más amenazadas del país y con bajas tasas de reproducción. Las especies de primates de la Costa del Ecuador (Alouatta palliata, Ateles fusciceps, Cebus aequatorialis y C. capucinus), las especies más amenazadas de la Amazonía (categorías CR y EN) y con tasas bajas de reproducción: Ateles belzebuth, Lagothrix lagothricha lagothricha y L. l. poeppigii. Esta lista podrá incrementarse conforme se tengan más estudios sobre la biología reproduc- tiva y la dinámica poblacional de otras especies. [1] Un documento que contenga una propuesta de normativa técnica para el manejo y protección de las especies de primates más amenazadas del país y con bajas tasas de reproducción, para que los delitos ambientales que afecten directa o indirectamente a estas especies sean sancionados de manera más rigurosa y que incluya una modificación de la excepción legal (artículo 247 de COIP) para que se regule la cacería de subsistencia de estas especies, con el desarrollo e implementación de acuerdos comunitarios de cacería y el establecimiento de áreas de veda indefinida, así como políticas y cuota de cacería de las especies en áreas donde está permitida la cacería de subsistencia. El documento también debe incluir protocolos para la implementación de acuerdos con comunidades locales y la definición de mecanismos de implementación y control de áreas de veda. [2] Publicación en el Registro Oficial de la normativa para el manejo y protección de las especies de primates más amenazadas del país y con bajas tasas de reproducción y puesta en ejecución, que incluya una modificación al artículo 247 del COIP. [3] Desarrollo de acuerdos con comunidades indígenas para la aplicación de la normativa. Se cuenta con una normativa técnica para el manejo y protección de las especies de primates más amenazadas del país y con bajas tasas de reproducción que eleva su nivel de protección y asegura su conservación a largo plazo. Existen protocolos y normativas para el desarrollo de acuerdos con comunidades indígenas relacionados con el manejo y el establecimiento de áreas de veda indefinida, así como políticas y cuota de cacería de las especies. Se establecen acuerdos con comunidades indígenas. Según indicadores: [1 y 2] corto plazo (un año, desarrollo y publicación de la normativa), [3] corto plazo (tres años, desarrollo y establecimiento de acuerdos con comunidades indígenas). Tiempo total para la
acción: corto plazo
(cuatro años).
N-6. Reconocimiento oficial del Grupo de Estudio de Primates del Ecuador (GEPE) como organismo oficial asesor en temas de conservación e investigación de primates y acciones referentes a su especialidad. Todas las especies de primates del país. Un acuerdo ministerial sobre el reconocimiento del GEPE como grupo asesor oficial en los ámbitos de su especialidad. El GEPE trabaja junto y de manera coordinada con la AEM y la AEZA como organismos oficialmente reconocidos por la Autoridad Ambiental. Corto plazo (seis
meses).

 
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